[REFORMA LABORAL] ¿Qué cambia para el personal de Casas Particulares?

Les comentamos las principales novedades:

  • Período de prueba
    • Antes: 30 días para el personal sin retiro; primeros 15 días de trabajo en tanto no supere los 3 meses para el personal con retiro.
    • Ahora: 6 meses. En dicho plazo, se podrá extinguir la relación sin expresión de causa y sin generarse derecho a indemnización alguna.
  • Ropa y elementos de trabajo
    • Antes: Debe ser provisto por el empleador.
    • Ahora: Transcurrido el período de prueba, dicha obligación puede ser reemplazada por el pago de una suma no remunerativa.
  • Recibos de sueldo
    • Antes: Se confecciona en doble ejemplar, en formato papel o electrónico.
    • Ahora: Debe ser realizado únicamente en forma electrónica, emitido por el sistema que determina la ARCA. La constancia bancaria constituye prueba suficiente del pago.

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