Mediante la Resolución 4/2026, el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil estableció un nuevo esquema de actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), con incrementos mensuales desde septiembre de 2026 hasta abril de 2027.
Los nuevos valores resultan aplicables a los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario y la Administración Pública Nacional, entre otros.
Nuevos valores
| Vigencia | SMVM mensual | Valor por hora |
|---|---|---|
| Septiembre 2026 | $ 383.800 | $ 1.919 |
| Octubre 2026 | $ 391.200 | $ 1.956 |
| Noviembre 2026 | $ 398.800 | $ 1.994 |
| Diciembre 2026 | $ 406.400 | $ 2.032 |
| Enero 2027 | $ 414.200 | $ 2.071 |
| Febrero 2027 | $ 422.000 | $ 2.110 |
| Marzo 2027 | $ 429.600 | $ 2.148 |
| Abril 2027 | $ 437.000 | $ 2.185 |
Los valores mensuales corresponden a trabajadores que cumplen la jornada legal completa. En los supuestos de jornada reducida contemplados por la normativa laboral, el importe se determina proporcionalmente.
Prestación por desempleo
Asimismo, se establece que la Prestación por Desempleo será equivalente al 75% de la mejor remuneración mensual neta, normal y habitual percibida durante los seis meses anteriores al cese laboral.
La prestación no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente ni superior al 100% del SMVM vigente.
Normativa: Resolución (CNEPYSMVYM) 4/2026
Publicación en el Boletín Oficial: 02/09/2026
Vigencia: 01/09/2026

