La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante la Resolución General 5923/2026, publicada en el Boletín Oficial el 5 de noviembre de 2026, extendió hasta el 30 de junio de 2027, inclusive, la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares para determinados contribuyentes.
¡Novedad!
La medida, que anteriormente alcanzaba a entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud, incorpora ahora a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y a determinados pequeños contribuyentes.
¿Quiénes están alcanzados?
La suspensión comprende a los siguientes sujetos:
- Entidades sin fines de lucro: deberán encontrarse registradas ante ARCA bajo alguna de las formas jurídicas previstas en la RG 5628, al 29 de octubre de 2026.
- Contribuyentes del sector salud: se prorroga el beneficio establecido anteriormente.
- Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2): deberán contar con Certificado MiPyME vigente al 29 de octubre de 2026 y con la correspondiente caracterización en el Sistema Registral de ARCA.
- Pequeños contribuyentes: personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas en el Sistema Registral con el código 547 – Pequeño Contribuyente, conforme a la RG 5321.
¿Qué medidas se suspenden?
Hasta el 30 de junio de 2027, ARCA suspende para los sujetos comprendidos:
- El inicio de nuevos juicios de ejecución fiscal.
- La traba de medidas cautelares destinadas al cobro de obligaciones fiscales.
Es importante destacar que esta suspensión no implica una condonación de deudas ni una prórroga general de los vencimientos impositivos. Las obligaciones tributarias continúan vigentes.
Excepciones a la suspensión
La resolución establece que ARCA podrá ejercer sus facultades cuando se presenten situaciones de:
- Grave afectación de los intereses del Fisco.
- Caducidad de instancia.
- Prescripción inminente.
Por lo tanto, la suspensión no tiene carácter absoluto.
Vigencia
La Resolución General 5923/2026 entró en vigencia el 5 de noviembre de 2026 y establece que la suspensión se mantendrá hasta el 30 de junio de 2027, inclusive.
La medida busca brindar un alivio temporal a los contribuyentes comprendidos, evitando el inicio de determinadas acciones judiciales de cobro mientras se mantiene la exigibilidad de las obligaciones fiscales.
Normativa: Resolución General (ARCA) 5923/2026 – Boletín Oficial del 5/11/2026.

